SADAIC, AADI, CAPIF. Todos esos nombres seguramente te
parecen conocidos. Son organizaciones a las cuales el estado dota de facultades
para bregar por los derechos de los músicos, los intérpretes y los productores
de fonogramas, respectivamente. Los músicos deben asociarse a cada una de ellas
para comenzar a aprovechar sus beneficios. Si bien todo esto puede sonar
burocrático, los músicos independientes tienen que saber que estas
organizaciones son herramientas excelentes que el estado nacional brinda para
que sus derechos sean respetados.
En Argentina, los músicos independientes tienen 3 derechos
básicos a los cuales pueden acceder:
DERECHO DE AUTOR Y COMPOSITOR
DERECHO DE INTÉRPRETE
DERECHO DE PRODUCTOR FONOGRÁFICO
Para administrar cada uno, existe una Sociedad de Gestión Colectiva diferente:
1. SADAIC (Sociedad Argentina de Autores y
Compositores) es la encargada de instrumentar el resguardo de la autoría de las
canciones y de retener un porcentaje del dinero que una obra produce al ser tocada
en vivo para luego dárselo al músico, previo deducciones de gastos
administrativos. Podés registrar tu repertorio ya sea la letra y/o la música en SADAIC y comenzar a percibir ingresos cuando las obras se pasen en radios, televisión, boliches, etcétera o sean tocadas en vivo.
SADAIC recauda de las siguientes maneras:
Cuando se publica un disco. SADAIC le cobra un
monto al productor fonográfico por disco fabricado (si es un productor
independiente) o un monto sobre disco vendido (Si es un productor fonográfico
reconocido por SADAIC).Cuando se realiza un show en vivo. SADAIC se
queda con un porcentaje de la recaudación del show que varía según el precio de
la entrada y la cantidad de entradas vendidas.
Cada vez que se reproduce una obra musical en
radio, cine o televisión.Todas estas formas de recaudación terminan siendo una gran
fuente de ingreso para los autores y los compositores.
Los códigos ISWC son un sistema internacional que permite identificar obras musicales que pueden incluirse o no cuando se mandan a replicar los discos en formato físico. SADAIC es el ente que entrega estos códigos en Argentina.
Otro código importante es el ISMN que es similar al anterior pero para identificar partituras a nivel internacional. El organismo que lo entrega es la Biblioteca Nacional.
Muchos artistas piensan
que SADAIC es sólo un gasto, pero si uno tiene la firme convicción de dedicarse
a esta industria en Argentina, es indispensable contar con un aliado tan
importante. Para más información sobre cómo asociarse y comenzar a cobrar,
podés ingresar en www.sadaic.org.ar y mirar este video https://www.youtube.com/watch?v=1N77HimCst4
2. AADI (Asociación Argentina De Intérpretes) es
una asociación civil sin fines de lucro, de gestión colectiva que trabaja para
la defensa de los derechos intelectuales. Desde 1954 es responsable de la
percepción, administración y distribución de los derechos consagrados en el
artículo 56 de la Ley 11.723. Esta ley, permite a los intérpretes exigir una
retribución por la reproducción de su trabajo.
La AADI, a través del decreto 1671/74 es la entidad que tiene el
monopolio de la representación de los intérpretes. Lo que significa que toda
persona que ejecute algún instrumento o cante en un disco que se venda, tiene
derecho a percibir una remuneración.
Son considerados intérpretes todos aquellos músicos que aparecen en un
fonograma (obra musical grabada) que tiene uso comercial.
La AADI hace una categorización de los intérpretes y los divide en “Intérpretes
titulares”, es decir, los que aparecen en la tapa del disco ya sea como grupo
musical o solista, y los “intérpretes ejecutantes” que son los músicos que no
forman parte de la banda o que acompañan al solista. Los comúnmente conocidos
como músicos sesionistas.
La AADI recauda a nivel nacional en dos grandes rubros: los medios de
comunicación (radio y televisión) y los lugares abiertos al público (salones de
baile, hoteles, oficinas, etc.).
Para más información, podés ingresar en www.aadi-interpretes.org.ar.
3. CAPIF es la Cámara Argentina de Productores de
Fonogramas y Videogramas. Se encarga de la gestión colectiva de los derechos de
comunicación al público de los productores de fonogramas, y representan a todos
los productores fonográficos de la Argentina.
Los productores fonográficos obtienen regalías por la “ejecución pública”
de sus discos. Este término hace referencia al uso que una persona puede darle
a un fonograma en un ambiente público, por ejemplo, pasar música grabada en un bar o
una discoteca. Esto es lo contrario a “ejecución privada”.
Quien compra un disco, no tiene derecho a obtener beneficios económicos
por su explotación directa o indirecta, sólo tiene derecho a la “ejecución
privada”. Si deseara lucrar con su ejecución, tiene la obligación de pagarle
regalías al Productor Fonográfico.
CAPIF actúa conjuntamente con AADI y recaudan a través de AADI-CAPIF que
tiene “aranceles” para cada tipo de usuario (Radios, discotecas, fiestas
sociales, etc.).
Una vez descontados los gastos operativos de AADI-CAPIF (sueldos y cargas
sociales, comisiones de cobranza, estructura, etcétera), las dos terceras
partes de lo recaudado se transfiere a AADI (para que lo liquide a los
Intérpretes) y la tercera parte se transfiere a CAPIF (para que lo liquide a
los Productores Fonográficos).
A su vez, CAPIF distribuye los ingresos con la metodología de “Market
Share” y “Airplay”. En este video se explica muy bien cada una de ellas: https://www.youtube.com/watch?v=XqgqA6ez0b0
CAPIF
también se encarga de otorgar los códigos ISRC que son códigos únicos para
identificar cada obra sonora o audiovisual grabada. Estos códigos, que tienen
validez internacional, indican quién es el dueño de ese fonograma.
No hay comentarios:
Publicar un comentario