domingo, 28 de mayo de 2017

El ABC de la industria musical argentina.

SADAIC, AADI, CAPIF. Todos esos nombres seguramente te parecen conocidos. Son organizaciones a las cuales el estado dota de facultades para bregar por los derechos de los músicos, los intérpretes y los productores de fonogramas, respectivamente. Los músicos deben asociarse a cada una de ellas para comenzar a aprovechar sus beneficios. Si bien todo esto puede sonar burocrático, los músicos independientes tienen que saber que estas organizaciones son herramientas excelentes que el estado nacional brinda para que sus derechos sean respetados.




En Argentina, los músicos independientes tienen 3 derechos básicos a los cuales pueden acceder:

DERECHO DE AUTOR Y COMPOSITOR
DERECHO DE INTÉRPRETE
DERECHO DE PRODUCTOR FONOGRÁFICO

Para administrar cada uno, existe una Sociedad de Gestión Colectiva diferente:

1.   SADAIC (Sociedad Argentina de Autores y Compositores) es la encargada de instrumentar el resguardo de la autoría de las canciones y de retener un porcentaje del dinero que una obra produce al ser tocada en vivo para luego dárselo al músico, previo deducciones de gastos administrativos. Podés registrar tu repertorio ya sea la letra y/o la música en SADAIC y comenzar a percibir ingresos cuando las obras se pasen en radios, televisión, boliches, etcétera o sean tocadas en vivo.

SADAIC recauda de las siguientes maneras:
Cuando se publica un disco. SADAIC le cobra un monto al productor fonográfico por disco fabricado (si es un productor independiente) o un monto sobre disco vendido (Si es un productor fonográfico reconocido por SADAIC).Cuando se realiza un show en vivo. SADAIC se queda con un porcentaje de la recaudación del show que varía según el precio de la entrada y la cantidad de entradas vendidas.
Cada vez que se reproduce una obra musical en radio, cine o televisión.Todas estas formas de recaudación terminan siendo una gran fuente de ingreso para los autores y los compositores. 

Los códigos ISWC son un sistema internacional que permite identificar obras musicales que pueden incluirse o no cuando se mandan a replicar los discos en formato físico. SADAIC es el ente que entrega estos códigos en Argentina.
Otro código importante es el ISMN que es similar al anterior pero para identificar partituras a nivel internacional. El organismo que lo entrega es la Biblioteca Nacional.

Muchos artistas piensan que SADAIC es sólo un gasto, pero si uno tiene la firme convicción de dedicarse a esta industria en Argentina, es indispensable contar con un aliado tan importante. Para más información sobre cómo asociarse y comenzar a cobrar, podés ingresar en www.sadaic.org.ar y mirar este video https://www.youtube.com/watch?v=1N77HimCst4

2.   AADI (Asociación Argentina De Intérpretes) es una asociación civil sin fines de lucro, de gestión colectiva que trabaja para la defensa de los derechos intelectuales. Desde 1954 es responsable de la percepción, administración y distribución de los derechos consagrados en el artículo 56 de la Ley 11.723. Esta ley, permite a los intérpretes exigir una retribución por la reproducción de su trabajo.
La AADI, a través del decreto 1671/74 es la entidad que tiene el monopolio de la representación de los intérpretes. Lo que significa que toda persona que ejecute algún instrumento o cante en un disco que se venda, tiene derecho a percibir una remuneración.

Son considerados intérpretes todos aquellos músicos que aparecen en un fonograma (obra musical grabada) que tiene uso comercial.
La AADI hace una categorización de los intérpretes y los divide en “Intérpretes titulares”, es decir, los que aparecen en la tapa del disco ya sea como grupo musical o solista, y los “intérpretes ejecutantes” que son los músicos que no forman parte de la banda o que acompañan al solista. Los comúnmente conocidos como músicos sesionistas.

La AADI recauda a nivel nacional en dos grandes rubros: los medios de comunicación (radio y televisión) y los lugares abiertos al público (salones de baile, hoteles, oficinas, etc.).
Para más información, podés ingresar en www.aadi-interpretes.org.ar.

3.   CAPIF es la Cámara Argentina de Productores de Fonogramas y Videogramas. Se encarga de la gestión colectiva de los derechos de comunicación al público de los productores de fonogramas, y representan a todos los productores fonográficos de la Argentina.

Los productores fonográficos obtienen regalías por la “ejecución pública” de sus discos. Este término hace referencia al uso que una persona puede darle a un fonograma en un ambiente público, por ejemplo, pasar música grabada en un bar o una discoteca. Esto es lo contrario a “ejecución privada”.
Quien compra un disco, no tiene derecho a obtener beneficios económicos por su explotación directa o indirecta, sólo tiene derecho a la “ejecución privada”. Si deseara lucrar con su ejecución, tiene la obligación de pagarle regalías al Productor Fonográfico.

CAPIF actúa conjuntamente con AADI y recaudan a través de AADI-CAPIF que tiene “aranceles” para cada tipo de usuario (Radios, discotecas, fiestas sociales, etc.).
Una vez descontados los gastos operativos de AADI-CAPIF (sueldos y cargas sociales, comisiones de cobranza, estructura, etcétera), las dos terceras partes de lo recaudado se transfiere a AADI (para que lo liquide a los Intérpretes) y la tercera parte se transfiere a CAPIF (para que lo liquide a los Productores Fonográficos).

A su vez, CAPIF distribuye los ingresos con la metodología de “Market Share” y “Airplay”. En este video se explica muy bien cada una de ellas: https://www.youtube.com/watch?v=XqgqA6ez0b0

CAPIF también se encarga de otorgar los códigos ISRC que son códigos únicos para identificar cada obra sonora o audiovisual grabada. Estos códigos, que tienen validez internacional, indican quién es el dueño de ese fonograma.  


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